LA SUCESIÓN INTESTADA EN GALICIA

¿Qué ocurre si alguien fallece sin testamento en Galicia?

Cuando una persona fallece sin haber otorgado testamento, se abre lo que jurídicamente se denomina sucesión intestada o “abintestato”.

En estos casos, no decide la familia ni el banco: decide la ley.

En Galicia, la Ley 2/2006 de Derecho Civil de Galicia remite, con carácter general, al Código Civil para determinar quiénes son los herederos legales, estableciendo un orden de llamamiento sucesivo y excluyente.


📌 Orden legal de herederos si no hay testamento

El orden es el siguiente:

1️⃣ Hijos y descendientes (nietos, bisnietos…).

2️⃣ Padres y ascendientes.

3️⃣ Cónyuge viudo o pareja de hecho inscrita.

4️⃣ Hermanos y sobrinos.

5️⃣ Tíos carnales.

6️⃣ Parientes colaterales hasta cuarto grado, por partes iguales

(primos hermanos, tíos segundos, sobrinos segundos).

👉 Y si no existe ninguno de ellos…

Hereda la Comunidad Autónoma de Galicia

Aquí sí existe una especialidad gallega importante:

En defecto de todos los parientes con derecho a heredar, no hereda el Estado, sino la Comunidad Autónoma de Galicia.



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